¿QUÉ ES UN GOBIERNO DE TRANSICIÓN? Características y prerrogativas.


El caso boliviano

Salinas M. Eduardo

POLÍTICA CON FUNDAMENTO

5 ABR. 2021

En esta oportunidad, tocamos un tema interesante sin mucha bibliografía, referida a los gobiernos de transición, sus características y prerrogativas; pero antes de ingresar al fondo del asunto, es necesario comprender que es transición.

La palabra transición, proviene del latín transitio y significa «acción y efecto de estar entre lo antiguo y lo nuevo», en política un cambio – o no – en el régimen de gobierno. Un gobierno de transición o transitorio, podrá estar presente en los siguientes casos:

  • Gobiernos transitorios con cambio de régimen, es decir, aquellos que están presentes entre un régimen dictatorial a uno democrático o viceversa, así mismo en aquellos Estados que se libraron de la colonización hegemónica de las potencias. Podemos ver muchos ejemplos entre los cambios de régimen dictatoriales e Latinoamérica en la historia. https://youtu.be/tSvR6ygnD7Y
  • Gobiernos transitorios en conflictos armados en curso, cuya finalidad específica es lograr la paz entre los grupos contingentes en un conflicto como ser una guerra civil al interior de un Estado. En Latinoamérica lo vemos plasmado en la propuesta de las FARC ya desde 1993 para lograr la paz en Colombia. El ‘’gobierno de transición’’ , una propuesta de las FARC desde Alfonso Cano – Las2orillas
  • Gobiernos transitorios sin cambio de régimen, cuya característica será “corregir” los errores de un gobierno sin interferir con el régimen presente en un determinado Estado a partir de movilizaciones sociales o agotamiento institucional que pueden ser también un factor polémico en el análisis ya que estos movimientos podrían ser legítimos o preparados y financiados incluso con la finalidad de hacer caer al gobierno constituido; generalmente, luego de la consolidación de esos movimientos, se realiza la transición mediante a sucesión constitucional, para luego convocar conforme a Ley a elecciones generales; ponemos como ejemplo los gobiernos transitorios que se dieron en Perú en pleno s. XXI con Martín Vizcarra, Manuel Merino y Francisco Sagasti en 2020. https://youtu.be/LknOoPJzpOY
  • Transiciones en contextos estatales irregulares, que implica transiciones que conducen a la fragmentación de Estados debido a la secesión de entidades políticas aglutinadoras, tales como la ex URSS o como la ex Yugoslavia con características violentas; o también a la desaparición de Estados como la República Democrática Alemana. https://youtu.be/Q1ACz3tJS-w

Un gobierno de transición tendrá por función fundamental “dirigir el cambio de régimen” – si se diera el caso – y por supuesto, lograr la reconciliación y la muy añorada paz entre sus habitantes y actores políticos, para esto tendrá que recurrir a la “justicia transicional” que será tema de otro artículo.

La transición política sin cambio de régimen en la historia de Bolivia, la vemos reflejada en casos que están relacionados con los golpes de Estado entre militares desde 1825 expresados en las famosas juntas militares o las sucesiones constitucionales.

Así mismo, estamos más acostumbrados en utilizar el término en el cambio de un régimen dictatorial a uno democrático, pero también se puede dar de manera inversa.

¿Cuáles son las prerrogativas de un gobierno de transición?

Ya habiendo comprendido el concepto de gobierno de transición, pasemos ahora a ver sus prerrogativas o las facultades que tiene:

  • Lograr la paz en el Estado, en base a la justicia transicional.
  • Sentar políticas claras de respeto a los Derechos Humanos.
  • Generar un clima de tolerancia promoviendo el orden consensuado.
  • Velar por la estabilidad económica del Estado y la política internacional.
  • Asegurar la tranquilidad social del elemento población.
  • Promover una comunicación asertiva mediante los medios de comunicación tradicionales o no, siendo coherente el discurso con la acción.
  • Crear las condiciones para llevar a cabo elecciones nacionales para elegir un gobierno legal y legítimamente constituido, en base a sus postulados constitucionales.

Como pudimos observar, un gobierno de transición es un gobierno de “paso”, que posee legalidad, pero no legitimidad – en algunos casos – y es menester del mismo, reencausar los destinos del Estado dentro de las reglas de la democracia, hacer lo contrario, sería un retroceso y un mal antecedente ante la comunidad internacional.

¿Qué no debe hacer un gobierno de transición?

Si bien ya vimos sus prerrogativas o privilegios, veamos ahora que no tendría que hacer:

  • Persecución política a sus detractores.
  • No respetar ni garantizar los Derechos Humanos.
  • Apoyarse en las instituciones que poseen el monopolio del uso de la fuerza para atemorizar al ciudadano con estados de excepción permanentes.
  • Promover medidas en la macroeconomía estatal, realizando cambios traumáticos en la infraestructura a partir de su ideología política.
  • Realizar cambios en la estructura política internacional afectando convenios entre Estados.
  • Intervenir los medios de comunicación o utilizarlos con mensajes incoherentes dirigidos a los ciudadanos entre lo que se dice y lo que se hace.
  • Prorrogarse en el poder.

No debemos olvidar que solo es un gobierno de transición, transitorio o interino y ante todo debe procurar el paso a un régimen legal y legítimamente constituido mediante elecciones generales en el marco de su respectiva CPE. No puede realizar cambios profundos o de fondo a la estructura social (infraestructura y superestructura) ya que no posee legitimidad y su objetivo fundamental es convocar a elecciones.

El caso boliviano.

Al respecto, en Bolivia la CPE establece:

Artículo 169.

I. En caso de impedimento o ausencia definitiva de la Presidenta o del presidente

del Estado, será reemplazada o reemplazado en el cargo por la Vicepresidenta o el Vicepresidente y, a falta de ésta o éste, por la Presidenta o el Presidente del Senado, y a falta de ésta o éste por la Presidente o el Presidente de la Cámara de Diputados. En este último caso, se convocarán nuevas elecciones en el plazo máximo de noventa días.

II. En caso de ausencia temporal, asumirá la Presidencia del Estado quien ejerza la Vicepresidencia, por un periodo que no podrá exceder los noventa días.

Artículo 170.

La Presidenta o el Presidente del Estado cesará en su mandato por muerte; por renuncia presentada ante la Asamblea Legislativa Plurinacional; por ausencia o impedimento definitivo; por sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal; y por revocatoria del mandato.

Artículo 171.

En caso de revocatoria del mandato, la Presidenta o el Presidente del Estado cesará de inmediato en sus funciones, debiendo asumir la Presidencia la persona que ejerza la Vicepresidencia, quien convocará de forma inmediata a elecciones a la Presidencia del Estado a realizarse en el plazo máximo de noventa días.

En muchos casos, el gobierno transitorio considera que los plazos son muy cortos y realiza ampliaciones a su mandato; esto no es recomendable pero en algunos casos es necesario en cuestiones prácticas y operativas. Los 90 días que establece la CPE de Bolivia – 3 meses – no deberían ser superadas en un 50% y estos gobiernos, tendrían que concentrase en convocar a elecciones que en otros asuntos.

En Bolivia, los gobiernos de transición más representativos fueron:

  • El Gral. David Padilla Arancibia convoco a elecciones generales el 1 de julio de 1979 donde Hernán Siles Zuazo no obtuvo la mayoría absoluta; entrego el poder a Walter Guevara Arce ese mismo año constituyéndose como gobierno de transición.
  • Walter Guevara Arce, nombrado como presidente interino en 1979 y cuya misión era llamar a elecciones generales, pero a los 3 meses de su gobierno fue víctima de un golpe de Estado protagonizado por el Cnel. Alberto Natusch Bush.
  • Cuando Lidia Gueiler Tejada asume el mando de manera interina y transitoria, el Gral. Luis García Mesa protagoniza un golpe de Estado el 17 de julio de 1980; ya el 4 de agosto de 1981 entrega el mando a una junta de comandantes (triunvirato) a la cabeza del Gral. Celso Torrelio Villa, quien a su vez cede el mando al Gral. Guido Vildoso Calderón como gobierno de transición a la democracia, cerrando este ciclo de dictaduras militares sucediéndolo en el mando el Dr. Hernán Siles Zuazo un 10 de octubre de 1982 (Fecha que se conmemora como recuperación de la democracia boliviana)
  • Ya en 2003, con la renuncia de Gonzalo Sánchez de Lozada, asume el poder Carlos Mesa Gisbert el 17 de octubre de 2003 al 9 de junio de 2005 dimitiendo a favor del Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé mediante sucesión constitucional (CPE 1967) constituyéndose como gobierno transitorio, quien llamo a elecciones el 18 de diciembre de 2005 sucediéndolo en el poder Evo Morales Ayma.
  • El 12 de noviembre de 2019, producto de una crisis institucional (Golpe Suave), se cambia de un régimen democrático a uno inconstitucional a la cabeza de Jeanine Añez Chávez, constituyéndose en el último gobierno de transición en Bolivia y que llamaría a elecciones nacionales el 18 de octubre de 2020 entregando el mando al economista Luis Arce Catacora.

¿Qué características tuvo el gobierno transitorio de Jeanine Añez Chávez?

A partir de los conceptos descritos en el presente artículo, el gobierno transitorio de Añez tuvo más características de lo que no se debe hacer, a más de ser un gobierno de transición con cambio de régimen. No olvidemos que se vulneró el Estado de derecho al derrocar a un presidente constitucionalmente electo como lo fue Evo Morales en 2019, producto de un motín policial e insubordinación de las FF.AA. que apoyaron movilizaciones inducidas por intereses oligárquicos y actores políticos bolivianos financiados con capitales internos y externos, adquiriendo las siguientes características:

  • El gobierno transitorio, realizo persecución política a la cabeza de los ministros Arturo Murillo Prijic, Fernando López Julio y otros (hoy prófugos de la justicia boliviana) dejando más de una treintena de muertos y heridos en senkata, sacaba, el pedregal, etc.
  • No se respetaron ni garantizaron los DD.HH., la libre transitabilidad, detenciones indebidas y el derecho a la intimidad (revisión y decomiso de celulares) estaban a la orden del día; el acoso a ex autoridades también estaba financiada con grupos que hacían vigilia en la embajada mexicana.
  • No existió el respeto a la libertad de expresión, se cerraron radios comunitarias en todo el país coercitivamente.
  • Se afecto a la economía estatal queriendo hacer «quebrar» a sus empresas, favoreciendo a la empresa privada con casos de corrupción y nepotismo.
  • Se afecto gravemente a la política internacional, cortando relaciones diplomáticas con algunos países arbitrariamente.

La lista podría ser muy larga y no creo estar equivocado, más al contrario pretendo demostrar con razón y fundamento pleno el tema.  

Salinas M. Eduardo

POLÍTICA CON FUNDAMENTO


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *